En Costa Rica, el amor no solo se vive: se regula.
Las decisiones que se toman como pareja, ya sea en el matrimonio, en una unión libre o en una convivencia no formalizada, no solo afectan el bienestar emocional o familiar: también generan consecuencias patrimoniales, fiscales y legales que pueden tener efectos duraderos, especialmente en momentos críticos como una separación, fallecimiento o litigio. Y si no hay una planificación conjunta, el amor podría dejar no solo el corazón roto… sino también la billetera vacía.
A. Matrimonio bajo régimen de sociedad legal de gananciales (régimen por defecto)
Según el artículo 41 del Código de Familia costarricense, todo lo que se adquiera durante el matrimonio se presume propiedad común de ambos cónyuges, sin importar a nombre de quién esté registrado. Este régimen aplica automáticamente si no se firma una capitulación expresa al momento de casarse.
Bienes comunes: Salarios, propiedades, empresas, vehículos, cuentas de ahorro, inversiones adquiridas durante el matrimonio, incluso si están a nombre de uno solo.
Deudas comunes: También se presumen compartidas, salvo que se demuestre que fueron contraídas para fines personales.
Disolución: Al divorciarse o fallecer uno de los cónyuges, el patrimonio se divide 50/50.
Riesgo: Si uno contrae una deuda para fines no claramente personales, el otro podría terminar respondiendo con su patrimonio común.
B. Matrimonio bajo régimen de separación total de bienes (capitulaciones matrimoniales)
El artículo 42 del Código de Familia permite a las parejas optar por una administración totalmente independiente del patrimonio de cada cónyuge. Para esto es necesario firmar una escritura pública notarial, debidamente registrada, antes o durante el matrimonio.
Propiedad individual: Cada parte mantiene la titularidad de lo que tenía antes del matrimonio y de lo que adquiera después.
Responsabilidad financiera: Cada uno responde solo por sus deudas.
Ideal para: Emprendedores, personas con patrimonio previo, familias recompuestas, o parejas que desean mantener independencia financiera.
A pesar de sus ventajas, solo un 6% de los matrimonios registrados en Costa Rica se realizan bajo este régimen (Registro Civil, 2023).
C. Unión de hecho (Unión libre)
Regulada por la Ley N.º 7532 y consolidada por jurisprudencia de la Sala Segunda y el Tribunal Agrario, la unión de hecho o unión libre puede reconocerse legalmente si la pareja ha convivido de forma pública, estable y continua por más de 3 años.
Reconocimiento legal: No es automático; debe tramitarse judicial o notarialmente.
Efectos patrimoniales: Una vez reconocida, se le aplica el régimen de gananciales, salvo pacto contrario.
Riesgo: Si no se reconoce formalmente, el conviviente no tiene derecho sobre bienes, aunque haya contribuido económicamente a adquirirlos.
Según el INEC (Encuesta Nacional de Hogares, 2023), el 47% de los hogares en Costa Rica no están compuestos por parejas casadas legalmente. Y en 2019, el 32.7% de las parejas vivían en unión libre, frente al 67.3% casadas.
¿Qué ocurre con las deudas?
En los matrimonios bajo régimen de gananciales o en uniones de hecho reconocidas, las deudas adquiridas durante la convivencia se presumen compartidas si no se establece lo contrario. Si un miembro de la pareja solicita un crédito —personal, hipotecario, vehicular— y no se especifica que es para fines personales, podría considerarse que compromete el patrimonio conjunto.
En embargos: si no hay separación patrimonial clara, los acreedores pueden perseguir bienes comunes aunque estén a nombre del otro cónyuge.
Bajo separación de bienes: cada uno responde por sus propias deudas, siempre que exista trazabilidad financiera clara.
¿Qué pasa con los bienes adquiridos durante la relación?
Matrimonio en gananciales o unión reconocida: Se presume que la propiedad es 50/50, incluso si el bien está a nombre de una sola persona.
Separación de bienes: Se respeta la titularidad individual. Sin embargo, se recomienda documentar cualquier aporte mutuo o donación.
Unión libre no reconocida: No genera efectos patrimoniales. El conviviente que no figure como propietario puede quedar completamente excluido.
Según datos del INAMU (2022), el 32% de las mujeres que aportan económicamente a su pareja no aparecen como copropietarias en los bienes adquiridos. Y más del 70% de los litigios por división de bienes entre parejas en unión libre se generan por falta de pruebas de aportes (Sala Segunda del Poder Judicial).

Si hay matrimonio o unión reconocida bajo gananciales, los bienes comunes se reparten 50%.
En separación de bienes, cada uno conserva lo suyo, pero la sucesión hereditaria aplica si no hay testamento.
En uniones de hecho no reconocidas, el conviviente puede quedar excluido del patrimonio del fallecido, salvo que exista testamento o prueba documental de aportes.
Es esencial dejar claro quién aporta qué y en qué condiciones, especialmente si se invierte en finca raíz, negocios, vehículos u otros activos duraderos.
No todo es legalismo. Las finanzas saludables en pareja también implican acuerdos claros sobre ingresos, gastos, ahorros, seguros y metas. Algunas prácticas recomendadas:
Presupuesto mensual conjunto con objetivos comunes.
División de responsabilidades financieras según ingresos o roles.
Ahorro e inversión compartida con metas definidas (vivienda, educación, viajes, retiro).
Acuerdos escritos sobre compra de bienes importantes.
Evaluar anualmente si el régimen patrimonial o la estructura legal sigue siendo adecuada.
El amor necesita estructura… y también respaldo legal y financiero
Construir un proyecto de vida en pareja no debe depender del azar o la buena fe.
Costa Rica ofrece múltiples vías legales para estructurar relaciones de pareja, pero muchas veces no se conocen ni se utilizan, lo que deja a uno o ambos miembros expuestos. La mejor forma de proteger el amor es planificarlo como se planifica un proyecto importante: con reglas claras, acuerdos justos y previsión de escenarios difíciles.
En tiempos donde más del 47% de las parejas no están casadas formalmente y solo el 6% firma capitulaciones, tomar decisiones informadas es un acto de madurez, no de desconfianza. El amor no basta: también se necesita estructura, prevención y responsabilidad.
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